Novedades - Software de RRHH 2021
Accede gratuitamente a esta publicación online sobre Tendencias de Software para RR.HH., especialmente dirigida a directivos y profesionales de la gestión de personas.
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RESUMEN
El TSJ del País Vasco considera que el infarto se produjo en la jornada laboral del trabajador, ya que al menos una parte de sus obligaciones laborales las realizaba habitualmente desde su domicilio, de manera que debe presumirse que las estaba llevando a cabo en lugar de trabajo al producirse el mortal episodio cardíaco también en tiempo de trabajo.
Supuesto de hecho:
Consideraciones Jurídicas:
Conclusión Lex@:
El TSJ del País Vasco estima el recurso de suplicación presentado por la viuda del trabajador, al considerar que, al haberse desencadenado el infarto en tiempo de trabajo, pues el trabajador desarrollaba parte de esos cometidos administrativos en su domicilio, lo que formaban parte de su prestación de servicios y, por tanto, debe calificarse el fallecimiento como un accidente de trabajo.
RESUMEN
El TSJ de Galicia considera que se ha vulnerado el derecho fundamental a la igualdad (art. 14 CE) del trabajador, al considerar el empresario que la incapacidad temporal de larga duración generaría en el trabajador una discapacidad que no se sabe con certeza si la tiene, o no.
Supuesto de hecho:
Consideraciones Jurídicas:
Conclusión Lex@:
El TSJ de Galicia declara nulo el despido del trabajador, pues lo considera discriminatorio, al estar basado en una apariencia de discapacidad que el empresario cree que tiene el trabajador, sin saber si realmente esto es así, o no.
RESUMEN
El TSJ de Galicia estima el recurso de la trabajadora y le concede la modificación horaria de mañana de 8 a 14 horas, pues no ha quedado acreditado que dicha modificación cause un grave perjuicio a la empresa. Además, el TSJ considera que, en estos supuestos, no es exigible que el trabajador acredite las circunstancias laborales del otro progenitor, ya que se trata de un derecho personalísimo de carácter individual que puede ser ejercitado con independencia de la situación laboral del otro progenitor.
Supuesto de hecho:
Consideraciones Jurídicas:
Conclusión Lex@:
El TSJ de Galicia avala la concreción horaria solicitada por la trabajadora, ya que se trata de un derecho personalísimo de carácter individual, no resultando necesario acreditar que su marido no puede hacerse cargo de la menor. Además, no han quedado acreditadas causas organizativas u otra clase de perjuicios que le pueda provocar a la empresa.